Con fecha 1 de enero del 2016, entró en vigor la nueva normativa de Solvencia II, articulada en la
Ley 20/2015, de 14 de julio, de Ordenación, Supervisión y Solvencia de las Entidades Aseguradoras
y Reaseguradoras (LOSSEAR) y en su reglamento de desarrollo (ROSSEAR), transponiendo así la
directiva europea al ordenamiento español.
Esta regulación supuso un cambio significativo para el sector asegurador en relación a los
requerimientos de capital, gobierno corporativo y transparencia al mercado. Estos requerimientos se
catalogan en tres "pilares":
PILAR I
Requerimientos de capital. Medición de la solvencia de las entidades basándose en valores de mercado y
en la medición de los riesgos efectivamente asumidos.
PILAR II
Requisitos cualitativos. Sistema de gobierno de las entidades
aseguradoras para garantizar una correcta gestión de riesgos.
PILAR III
Disciplina de mercado: exigencias de información y de transparencia con
respecto al regulador y hacia el mercado.